Convenio ATVs

CONVENIO ATVs

 

EL CONVENIO ES LARGO Y EXTENSO, OS HE RECOPILADO LO QUE ME PARECE MÁS IMPORTANTE Y QUE TODOS LOS ATVs DEBEMOS TENER EN CUENTA.

 

 

 

 

Es urgente que luchemos para que los colegios impulsen la regularización de la figura de los ATVs.

 

 

CONVENIO

 

Es importante revistar nuestros contratos, en concreto la CLÁUSULA SÉPTIMA: se tiene que aplicar el II CONVENIO COLECTIVO DE CENTROS Y SERVICIOS VETERINARIOS.

 

¿Qué quiere decir esto?

 

Es OBLIGATORIO que toda persona que trabaje en un centro veterinario debe pertenecer a dicho convenio, no al de auxiliares administrativos o personal de limpieza.

 

 

Vamos muy atrasados ya que Convenio Colectivo Estatal de Centros y Servicios Veterinario (3 de agosto de 2020). 

 

Sí, habéis leído bien, 2020!!!! Este convenio nación en 2020….

 

Dicho convenio, ha tenido una actualización el 25 de octubre de 2023. 

 

El salario base complemento de trabajo y complemento de carrera profesional son de carácter RETROACTIVO. Esto quiere decir que os deben pagar los atrasos desde ENERO 2023.

 

Es algo que probablemente tendréis que reclamar, ya que las empresas os dirán que como salió en octubre solo os tienen que pagar desde dicho mes y eso NO ES ASÍ. Si es retroactiva se aplica desde ENERO DE ESE AÑO.

 

El resto del convenio que no sea el salario base, complemento de trabajo y complemento carrera profesional no es de carácter retroactivo y eso sí tendrán que empezar a pagarlo desde el 25 de octubre de 2023.

 

CATEGORÍAS LABORALES

 

GRUPO 1

 

NIVEL 1 - Veterinarios.

 

NIVEL 2 - 1.Personal Técnico Especialista en Laboratorio.

    2.Personal Técnico Especialista en Radiodiagnóstico.

NIVEL 3 - Personal Auxiliar Técnico de Veterinaria, ATV (también llamado Auxiliar Clínico de Veterinaria).

 

GRUPO 2

NIVEL 1 - Personal titulado superior.

NIVEL 2 - Personal administrativo.

NIVEL 3 - 1.Personal Adiestrador - Educador Canino.

    2.Personal Peluquería Canina.

    3.Personal Auxiliar Administrativo.

 

 

- Revisar que vuestras funciones se ajusten a vuestra categoría.

- Si corresponde el complemento de antigüedad.

 

 

SALARIO

Lo tenéis en el anexo I

 

- SALARIO BASE + COMPLEMENTOS: -Nocturnidad (+26%).

-Festivos (+22€/jornada).

-Festivos especiales (+50€/jornada).

-Disponibilidad (12€)

-Hora extra.

-Formación y experiencia.

-Carrera profesional(ATV).

 

 

JORNADA

 

Máximo de horas que puedes hacer:

 

  • Horas extra anuales: 80 horas.
  • Horas de disponibilidad: 2492 horas.
  • Horas por jornada ordinaria: 1780 horas.

 

Con sus descansos de:

 

Durante la jornada:

 

- 20 minutos a partir de 5h de jornada ininterrumpida.

- 45 minutos a partir de las 9h de jornada ininterrumpida.

 

Entre jornadas:

 

  • Obligatorio 12 horas entre jornada y jornada.
  • Un día y medio entre semana (preferiblemente en fin de semana).

 

 

 

 

ESPERO QUE OS SIRVA DE AYUDA.

@albapuppy


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